Alta posicionamiento en buscadores y directorios Abasto

            

Agregar a Favoritos | Buscar | Preguntas | Mapa del sitio | Contactar |

INICIO GUIABASTO HEMEROTECA CARTELERA LINKS CONTACTO BUSCAR

 


   


 

Cuando hablamos de “los indios” en la Argentina:

Divorcio entre la constitución y la ley


Desde hace más de tres meses acampan en pleno centro una delegación de la etnia qom, provenientes de la actual provincia de Formosa (Av. de Mayo y 9 de Julio).
   En noviembre de 2010, como recordará algún memorioso, un bloqueo de ruta protestando y reclamando contra el arrasamiento de los bosques que les acorta más y más las posibilidades de supervivencia, fue reprimido por la policía provincial con el resultado de dos muertes, un originario y un policía en tanto otro originario quedó en estado de coma.
   La comunidad aborigen, conmovida por la represión quiso hacer oír su protesta, pero todo parece indicar que el gobierno formoseño, liderado por un aliado K, Gildo Insfrán, no tiene interés alguno en reconocer derechos a los qom.
Aquí empieza a complicarse el cuadro.
   Las autoridades, de cualquier nivel en el país, niegan y seguramente muchas veces sinceramente, cualquier política de apartheid contra las poblaciones indias, que como minorías perviven en muchísimos territorios argentinos. No sólo que está penada la discriminación, y el INADI, teóricamente al menos lo castiga, sino que además, los funcionarios en general no se consideran racistas.
Imagino que el gobernador mencionado, como cualquier otro que tenga población aborigen en su territorio dirá muy suelto de cuerpo que todos los indios tienen exactamente los mismos derechos que los demás habitantes y/o ciudadanos de este país.
   Pero ¿qué pasa con la tierra, eterno reclamo de estas poblaciones marginadas? En primer lugar, no olvidemos la historia: la tierra le fue arrebatada a sangre y fuego todas las veces que los nuevos pobladores de este continente lo sintieron necesario; tanto en la etapa colonial, cuando ese despojo fue llevado adelante sistemáticamente por los españoles (y portugueses e ingleses y suma y sigue por el continente americano) como por los “americanos” criollos, los llamados latinoamericanos, cuando ya administraban países independientes (o no tanto, pero ésa es otro historia).
   Parecería, empero, que el tiempo del arrebato a sangre y fuego está un poco desacreditado. Tal vez se haya mellado, culturalmente, por tanto uso. Lo cierto es que desde hace un tiempo, se busca reconocer la existencia de tales etnias, reconocerles cierta especificidad cultural. E incluso hoy en día, con una crisis ambiental que progresa implacable son muchos quienes tratamos de comparar estilos de comportamiento económico, y estructuras sociales y hasta sanitarias, y la comparación va dejando más a menudo malparada a la civilización occidental y europea que hasta hace pocas décadas parecía ser la única que merecía ese nombre.
   Por eso, entre tantas malandanzas y falsos progresismos colados en la constitución argentina de 1994 (como la provincialización del subsuelo que parece ser escrito por y para las transnacionales mineras), se coló algo culturalmente irruptor, revolucionario: reconocer la existencia y el derecho a la existencia de las sociedades constituidas por etnias aborígenes: mapuches, wichíes, qom, ava-guaraníes, pilagás y tantas otras. Junto con semejante reconocimiento estaba el de su derecho a la tierra. No ya la tierra continental, porque la constitución no puede revertir la historia en la cual estas poblaciones originarias han sido exterminadas en muchos casos y reducidas en otros. No hay censo confiable sobre sus dimensiones actuales en Argentina, pero en general se trata de poblaciones en miles de habitantes (no en millones como pasa con argentinos “blancos” o con originarios en Bolivia o Ecuador).
   El reclamo de la tierra tiene su dificultad, como diría Bartolomé Hidalgo. Porque estas poblaciones reclaman la tierra en común, tierra para la comunidad. Para seguir relacionado con ella a la vieja usanza. Para poder seguir pescando, por ejemplo. Y extrayendo tantos elementos del bosque para la vida cotidiana.
Este reclamo choca con dos realidades del estado argentino: una de facto, brutal y es que “el ensanche de la frontera agrícola”, es decir la toma de tierras nuevas todo el tiempo para expandir la producción agroindustrial se traga los bosques, desmonta para plantar... soja transgénica. Este corrimiento de dicha “frontera” se hace por las buenas, por las malas o por las peores. La sociedad argentina oficial cuenta para ello con el aparato judicial (aunque se trate las más de las veces de títulos truchos de propiedad), con el aparato policial y con los empresarios, claro.
   Pero hay otra realidad del estado argentino que, a mi modo de ver es más difícil de encarar, más medular. La constitución argentina es burguesa y moderna. Es decir, se apoya al menos declarativamente en el principio de la propiedad privada para toda su construcción jurídica. Los municipios están dispuestos a darles un lotecito a cada familia india, chicuelo en general, no da ni para criar una gallinas, pero sobre todo con título de propiedad, de algo que se compra y que se vende.    Y si el “feliz propietario” de esa parcelita en un momento recibe unos mangos de una compañía transnacional de agroindustria que quiere ensanchar sus cientos de miles de ha. con ese cuarto de hectárea, se cierra el negocio y el vendedor, una vez gastados los pesos recibidos, antes de terminar con todos ellos, tendrá que comprar un lugarcito miserable en la villamiseria de la ciudad más cercana.
Esa secuencia resisten las poblaciones originarias. No quieren recibir la tierra fragmentada y vendible. La quieren recibir como se otorgó a campesinos y originarios en México tras la revolución: los ejidos eran inembargables, inenajenables. Allí, “los pobres del campo” podían seguir plantando, produciendo… y comiendo. Tuvo que ser el Menem mexicano, Carlos Salinas de Gortari, el que les arrancara tales derechos para darle entrada a los grandes pulpos del agrobusiness…
   ¿Cuál es entonces la dificultad? Que Argentina tiene una norma constitucional en que se reconoce la especificidad de lo autóctono, su cultura diferenciada pero no tiene normas legales que “bajen” a la práctica semejante idea. La legalidad argentina no autoriza la presencia de propiedades comunales.
La constitución queda así sólo como un escaparate atrapaingenuos de la hipermodernidad.
   Pero los pueblos originarios necesitan realmente que semejante “visión” se concrete. No es la Argentina legal la que tiene que rendir a la Argentina constitucional; al contrario, y siguiendo la propia noción de jerarquía jurídica que rige en Argentina y en todos lados, se trata de modificar el corpus legal para dar cabida al pluralismo invocado. Para que no sea sólo un derecho de escaparate, precisamente.
  Los qom esperan que el gobierno nacional se digne atenderlos. Paciencia no les ha faltado.

Luis E. Sabini Fernández
[email protected]


Revista El Abasto, n° 129 ,marzo 2011.




 

 

Webstats4U - Web site estadísticas gratuito El contador para sitios web particulares
Contador gratuito

 

Copyright www.revistaelabasto.com.ar - Mientras mencione la fuente permitimos su reproducción.