Comuna 5: al TSJ por la Sede Comunal

  Los Juntistas de oposición enviaron una nota al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad por el uso la Sede, ubicada en la Plaza Boedo. "Está en litigio", aseguraron y acusaron al Presidente y a autoridades de gobie
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Se dio a conocer que los comuneros Raúl Oscar Sánchez, Laura Corvalán, Carlos Benítez (Frente para la Victoria) y Patricia Machado (Proyecto Sur) presentaron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad (TSJ) por la recientemente inaugurada Sede Comunal de Almagro y Boedo.

De este modo, en el escrito recordaron que el "25 de abril de 2013 el Presidente de la Junta Comunal procedió a inaugurar como Sede Comunal el edificio motivo de litigio en las presentes actuaciones", es decir, el inmueble de Carlos Calvo y Loria.

"Entendemos que dicha decisión incumple el fallo dictado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Sala I, ya que no se ha procedido a asignar el 30 por ciento del edificio a alguno de los usos complementarios previstos en la ley 2930 y el CPU, dándole participación a la Junta Comunal en la determinación de la distribución y uso que deberá darse a dicho espacio", suma el texto de los comuneros.

En este sentido, argumentaron que "la decisión del Presidente de la Junta Comunal es violatoria del debido proceso legal". "El recurso de apelación presentado por el Gobierno de la Ciudad tiene efectos suspensivos sobre el fallo", aseguraron los Juntistas y apuntaron contra el acto del que participó el Jefe de Gobierno.

Los cuatro comuneros aseguraron que "tal decisión arbitraria e ilegal es de exclusiva responsabilidad del Presidente de la Junta Comunal, Sr. Marcelo Bouzas, y de los funcionarios del Gobierno de la Ciudad que acompañaron con su presencia aquel acto".

"En cumplimiento de nuestros deberes de funcionarios públicos, hemos solicitado, infructuosamente, se nos informe acerca de la disposición y uso del edificio", dijeron Corvalán, Sánchez, Benítez y Machado ante el TSJ.

En línea con la Ley 1777, los cuatro representantes de Almagro y Boedo indicaron que su "accionar debe adecuarse al principio de legalidad" por lo que pidieron al Tribunal que se les deslinden "responsabilidades por los hechos acaecidos el 25 de abril de 2013" y que "para el caso de que (el TSJ) resuelva hacer lugar al pedido de audiencia formulado por la parte actora, se permita la participación de los Juntistas.

 

El texto también repasa la vía judicial (presentaciones, informes, reuniones):

1º) Expte. 2292407/2011 solicitando informes sobre recursos y patrimonio de la comuna.

2º) Expte. 539451/2012 solicitando espacio físico para funcionar en la sede de la calle Sarandí nº 1273.

3º) Expte. 681344/2012 solicitando información sobre la situación jurídica, administrativa, de recursos y patrimonio de la comuna.

4º) Expte. 1010491/2013 solicitando convocatoria a reunión extraordinaria de la junta comunal para tratar, entre otros temas, lo referente al uso y disposición del edificio en conflicto en las presentes actuaciones.

5º) Con fecha 4 de marzo, ante el fallo dictado por la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario en autos Gentilli, Rafael y otros c/GCABA s/Amparo en el que se declaró la inconstitucionalidad del Dto. 376/11, presentamos también un proyecto de resolución para que se requiera al Gobierno de la Ciudad, la transferencia a la comuna no sólo de edificio, sino también de las partidas presupuestarias, el personal y el control de los contratos de obra y prestación de servicios vinculados a las competencias exclusivas asignadas a la comuna.

6º) Expte. 1011072/2013 presentando proyecto de resolución para que se requiera al Gobierno de la Ciudad, la transferencia a la comuna del edificio en conflicto.

7º) Expte. 1085850/2013 solicitando una reunión extraordinaria para el 8 de abril de 2013 a las 11 hs. en la que se trate entre otros temas, la disposición y el uso del edificio en conflicto.

8º) Expte. 1359133/2013 acompañando proyecto de resolución en el que se resuelva llamar a reunión extraordinaria para el día 23 de abril de 2013 a las 10,30 hs. en la que se trate entre otros temas, la disposición y el uso del edificio en conflicto.

9º) Expte. 1388293/2013, presentado el día 23 de abril de 2013, reiterando, ante la negativa del presidente de la junta comunal a convocar a reunión de junta comunal, nuestra solicitud de que se convoque a reunión extraordinaria, esta vez dentro de las 72 hs, para tratar, entre otros temas, la disposición y el uso del edificio en conflicto.

T.L.

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