Ley del Parque de la Estación, texto completo

Compartimos el expediente 811-D-2016, hecho por el FpV, sobre la “Denominación y creación de la unidad ambiental, educativa, productiva y cultural y de gestión Parque de la Estación”.
el

Para darle estado parlamentario a una iniciativa vecinal que data del año 2000, hoy a las 18.30 en el Mariano Acosta (Urquiza y Moreno) se presenta ante vecinos el proyecto de ley ideado por el FpV.  La iniciativa por el Parque de la Estación contó con el apoyo de legisladores, comuneros y vecinos de los Consultivos Comunales 3 (Balvanera y San Cristóbal) y 5 (Almagro y Boedo).

Los autores del expediente 811-D-2016 son el titular de la bancada K, Carlos Tomada, y Andrea Conde, Paula Penacca y Claudio Heredia. A nivel local contó con el apoyo de los comuneros María Suárez, Gabriel Zicolillo (Comuna 3) y Laura Corvalán y Mario Reina (Comuna 5).

Desde el 13 de abril se encuentra en la Comisión de Ambiente para su tratamiento. La Comisión está presidida por la legisladora María Inés Gorbea del bloque SUMA+ en ECO.  

Texto completo, con artículos y fundamentos, por el Parque de la Estación:

PROYECTO DE LEY

DENOMINACION Y CREACION DE LA UNIDAD AMBIENTAL, EDUCATIVA, PRODUCTIVA Y CULTURAL Y DE GESTIÓN PARQUE DE LA ESTACIÓN

Artículo 1º - Denomínase “Parque de la Estación” al predio afectado por Ley Nº 4944 como Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque), compuesto por los polígonos de la Parcela 1a, de la Manzana 047, Sección 13, Circunscripción 9:

a.                  Delimitado por la Av. Díaz Vélez, la calle Gallo, la calle Tte. Gral. Juan D. Perón, la calle Tomás Manuel de Anchorena, el límite con el Área Operativa Ferroviaria de la línea del Ferrocarril Sarmiento y la calle Sánchez de Bustamante.

b.                  Delimitado por la calle Tomás Manuel de Anchorena, la calle Bartolomé Mitre, el deslinde con las Parcelas 16c, 16b y 15 de la Manzana 047, Sección 13, Circunscripción 9, la calle Sánchez de Bustamante y el límite con el Área Operativa Ferroviaria de la línea del Ferrocarril Sarmiento.

 

Artículo 2º - Las obras que se  desarrollen para la concreción del Parque  de la Estación  en el predio mencionado en el art. 1º, deberán  ajustarse a las siguientes premisas básicas que a continuación se detallan:

a.                  Propiciar el desarrollo de un Plan de Manejo, a partir de un proceso de diseño participativo activo abierto a la comunidad;

b.                  Generar la mayor superficie posible de espacio verde público, vegetado con especies autóctonas de la biota rioplatense. Instrumentando un vivero específico para producir especies vegetales autóctonas y como espacio de educación ambiental;

c.                   Reciclar el uso de las edificaciones ferroviarias de carácter patrimonial, restaurando todos sus componentes arquitectónicos originales en la adecuación a sus nuevos usos;

d.                  Mantener equipamientos y/o artefactos ferroviarios en desuso, como testimonio de su historia;

e.                  Establecer todas las opciones de materialización del parque, sobre la base de conceptos de sostenibilidad,  tanto en sus materiales, procesos constructivos y gestión posterior.

f.                   Incorporar al proyecto del parque todas sus veredas perimetrales, tanto en el manejo de los pisos de veredas como en el arbolado de alineación.

 

Artículo 3º - Declárase al Parque de la Estación, descripto en el artículo 1º, como "Unidad  Ambiental, educativa, productiva y cultural y de Gestión Parque de la Estación”,  conformado por su patrimonio natural, cultural y social que incluye los ámbitos físicos integrados por el espacio verde público, reconociendo la organización social e institucional que se viene desarrollando en forma continua desde el año 2000, en la promoción de creación de dicho parque de modo abierto y participativo.

 

Artículo 4º - Se constituye la Mesa de Trabajo y Consenso (MTC) del Parque de la Estación, como instancia de participación abierta y pública ad honorem, para el diseño y la gestión del Plan de Manejo del Parque de la Estación.

 

Artículo 5°.- La MTC del Parque de la Estación se integra por:

a) Un/a administrador/a designado por el por el Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

b) Representantes de las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad que tengan injerencia en el Parque de la Estación;

3) Los/as miembros de la Junta Comunal a cargo de las Áreas de Participación de las Comunas 3 y 5;

4) Las personas, grupos, organizaciones políticas, educativas, deportivas y sociales que expresen voluntad y/o vínculo en el interés público de la gestión del parque.

 

Artículo 6º - El/a Administrador/a deberá expresar idoneidad para dicho cargo, a partir del perfil y términos de referencia que describa la MTC.

El Administrador del Parque de la Estación coordinará la ejecución del Plan de Manejo y los programas consensuados por la MTC y deberá rendir cuentas de acciones a la MTC.

Artículo 7- La MTC de acuerdo a las reglas elaboradas por consenso y a practicadas consuetudinariamente, sesionará en pleno mensualmente, debiendo la convocatoria ser anunciada de manera fehaciente con la correspondiente antelación.

Artículo 8.- Son funciones de la Mesa de Trabajo y Consenso, las siguientes:

a) Planificar y diseñar el Plan de Manejo del Parque de la Estación, que tendrá en cuenta las pautas que conciernen al cuidado, modificación y uso específico del Parque de la Estación. El Plan de Manejo del parque deberá incluir tanto los aspectos técnicos de la administración cotidiana, como la planificación de actividades sociales, deportivas y culturales;

b) Monitorear la aplicación del Plan de Manejo del Parque de la Estación;

c) Proponer,  participar y aprobar  planes y programas para la protección del área/ o aprobar toda modificación respecto de la estructura morfológica del Parque de la Estación;

d) Definir áreas de intervención y  conformar grupos de trabajo,  en función de los intereses y necesidades que defina el MTC.

e) Tratar los resultados y propuestas formuladas por los grupos de trabajo;

f) Tratar anualmente un Plan operativo y su respectivo presupuesto para el siguiente ejercicio con intervención de las áreas gubernamentales involucradas y  las autoridades comunales, que comprometerán en dicho ámbito los recursos económicos, físicos y humanos a asignar al Plan de Manejo, y la rendición del balance anual del período anterior.

Artículo 9.-  Los Grupos de Trabajo serán los espacios genuinos de promoción de las actividades y debates del Parque, de funcionamiento abierto, participativo e inclusivo, pudiendo convocar funcionarios del Gobierno de la Ciudad, de la Nación, técnicos, especialista en temáticas específicas, y toda persona idónea que colabore con el cumplimiento de los objetivos del Plan de Manejo. Los grupos de trabajo podrán designar coordinadores, para agilizar la organización y articulación de los mismos, hacia el seno de la MTC.

Los grupos de trabajo se reunirán periódicamente con participación de los/as representantes de cada Secretaría con interés en el tema.  Sus resultados, recomendaciones, informes y propuestas serán tema de la agenda del MTC en la siguiente reunión plenaria.

Artículo 10 - Se garantizan los recursos económicos, físicos y humanos para el Plan de Manejo son:

a.                  Los recursos económicos del Parque de la Estación serán los provenientes del presupuesto anual de gastos de la Ciudad.

b.                  Los recursos físicos consistirán en la dotación de los muebles, útiles, herramientas y demás instrumentos necesarios para el normal funcionamiento del Parque afectados al mismo.

c.                   Los recursos humanos consisten en la dotación del personal necesario que cada área involucrada, tanto del Poder Ejecutivo Central como de las Comunas, que se deberá garantizar para el funcionamiento del Parque.

Artículo 11º - Comuníquese, etc.

 

Fundamentos

En el año 2000 se realiza el primer pedido institucional para la creación de un parque público, en los terrenos de la Estación 11 de Septiembre del Ferrocarril Sarmiento, que habían sido desafectados del uso operativo, a través de una nota presentada al Jefe de Gobierno de ese entonces, Aníbal Ibarra, por el director del periódico barrial “Primera Página”, Miguel Germino. Dicha nota fue acompañada por un petitorio con 2320 firmas de vecinos adhiriendo a la propuesta.

 

El Gobierno de la Ciudad en el año 2001 anuncia la obra de una primera sección del Corredor Verde del Oeste (CVO), desde la calle Sánchez de Bustamante hasta la calle Gascón, con la intención de techar la trinchera del ferrocarril y generar un espacio verde público lineal sobre el recorrido ferroviario. La obra se licitó y adjudicó en el año 2004, lamentablemente, luego se presentaron inconvenientes técnicos no previsto en el pliego licitación, y la obra fue cancelada.

La propuesta del CVO había surgido desde un conglomerado de asociaciones vecinales a principios de la década del 90 del siglo pasado, proponiendo un parque lineal sobre el recorrido de la línea ferroviaria Sarmiento, techando donde ya estaba hecha la trinchera a cielo abierto y  soterrando donde circula al mismo plano de las calles. El CVO fue incluido por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. En el año 2006 el Gobierno Nacional adjudica las obras del soterramiento del ferrocarril Sarmiento, que arrancarían en Haedo, y a pesar de la llegada de la tuneladora en el año 2011, debido a problemas financieros internacionales no pueden iniciar los trabajos. El Gobierno Nacional actual relanzó la obra este año y quedaría pendiente conocer la voluntad del Gobierno de la Ciudad sobre retomar el trayecto de Once a Caballito.

A lo largo de todos estos años, la comunidad de las actuales Comunas 3 y 5 han mantenido vivo el reclamo con un conjunto muy amplio de instituciones políticas, culturales y sociales, y vecinos de los barrios involucrados. Estas acciones conllevaron a que se sancionara la ley 4944 de rezonificación como distrito Urbanización Parque al predio en cuestión, por parte de esta Legislatura.

En junio de 2014, el gobierno porteño anunció el lanzamiento del plan Buenos Aires Verde, que preveé dotar a la ciudad de 400.000 árboles más y 78 nuevos parques, de manera que todos los vecinos tuvieran una plaza a menos de 350 metros de su casa. Los lineamientos del plan fueron ordenados en un proyecto de ley que redactó el Consejo de Plan Estratégico (COPE). Sus ejes son la movilidad sustentable, el tratamiento de residuos urbanos, el cuidado ambiental y la promoción de energías limpias.

Hay en la ciudad hoy 371 plazas, muchas de ellas en condiciones malas, pero se estima que en los próximos diez años se ampliarían a nuevos 78 espacios verdes.

A partir del estudio de indicadores de sustentabilidad urbana que desarrollo el propio COPE, se establece zonas prioritarias para el desarrollo de las macromanzanas, se identifican las zonas deficitarias para la localización de nuevas plazas de proximidad, así como puntos de ubicación posibles para materializarlas con el transcurso del tiempo.

Claramente, los informes relevados, indican que las Comunas 3 y 5 son las de más bajo promedio de espacios verdes públicos de la Ciudad, y este déficit puede paliarse, en parte, con el Parque de la Estación, como también con la posibilidad de retomar la construcción del CVO.

La propuesta del Parque de la Estación en estos últimos años, ha sido apoyada tanto por las Juntas Comunales de las Comunas 3 y 5 y sus respectivos Consejos Consultivos, a través de declaraciones formales, que han sido impulsadas por las permanentes reuniones que se realizan por los Vecinos por el Parque de la Estación, que se vienen reuniendo periódicamente en la parroquia de la iglesia Tránsito de la Santísima Virgen.

La necesidad de materializar de modo urgente el Parque de la Estación no solo responde a cuestiones ambientales, sino que también sociales y culturales, ya que la calidad del espacio público hace a la ciudad posible de vivir. El hacinamiento urbano de la ciudadanía que vive en la zona es evidente y altamente preocupante. Este parque modificaría sustantivamente la calidad de vida de la personas que lo podrían disfrutar.

Para la realización de esta ley se toman las referencias de la creación del parque de Flora Nativa Benito Quinquela Martín, que se realizó a través de la metodología de diseño participativo y compuesto por flora nativa rioplatense; así como también del modelo de gestión del parque Avellaneda, con su modelo de “Mesa de Trabajo y Consenso” para el Plan de Manejo del parque. Ambas situaciones fueron plasmadas a través de leyes, que expresaron profusa actividad vecinal y política que las impulsaron.

La creación del Parque de la Estación salda una deuda pendiente de la Ciudad con los barrios que forman parte de las Comunas 3 y 5. No puede demorar más su concreción y el espíritu de esta ley no solo es ese, sino que también considerar como valor agregado procedimientos para su diseño como gestión posterior, que respete, valore y fortalezca la participación ciudadana que ha sostenido el reclamo.

J.C.

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