La fiscal Silvana Russi, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 41, apeló la decisión que le otorgó la excarcelación a un hombre investigado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal”, en el marco de la causa N° 3075/2012 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 15.
De acuerdo al expediente, el sábado 23 de enero pasado una joven se acercó hasta un local de venta de ropa en el barrio de Balvanera, luego de haber contestado una publicación de búsqueda de empleadas que se había hecho en la red social “Facebook”. La damnificada llegó cerca de las nueve de la mañana y se presentó con el hombre con el que había hablado: éste le mostró cuales eran las tareas y luego, cerca de las 13, le dijo que iba a cerrar.
En ese momento, le ofreció un vaso de agua, que la joven aceptó y a partir de allí comenzó a sentirse mal. Minutos después, le envió un mensaje a su madre advirtiéndole de la situación y llamó también a su hermana. La familia llamó al 911. Mientras esto sucedía, el hombre se aprovechó del estado de semi inconsciencia que tenía la joven y abusó sexualmente de ella. Finalmente, la policía fue hasta el lugar donde encontraron a la víctima. El hombre intentó fugarse pero fue detenido por el personal policial que secuestró, entre otras cosas, un blister con pastillas.
La defensa del imputado solicitó su excarcelación ya que resaltó que no hay registro de condenas anteriores y que posee un domicilio fijo. Ante este pedido, la jueza Karina Zucconi, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº15, le corrió vista a la fiscalía, que se opuso a que se libere al hombre debido a la severidad de la pena en expectativa, la gravedad del hecho reprochado y la posibilidad de que entorpezca la investigación.
La jueza decidió el lunes pasado que, si bien la escala penal prevista para el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal no permitiría su excarcelación, “la pena en expectativa de efectivo cumplimiento por sí sola no es obstáculo para que el nombrado no obtenga su libertad”. “No hay de momento elemento alguno que lleve a presumir que el acusado intentará eludir el accionar de la justicia, ni que su detención se erija como necesaria para neutralizar el entorpecimiento del trámite del proceso”, consideró la magistrada.
Agregó que el hombre se identificó correctamente y que no posee antecedentes, por lo que ordenó su excarcelación bajo ciertos parámetros: se le fijó una prohibición de comunicarse por cualquier medio con la denunciante, así como tampoco podrá acercarse a ella o a su domicilio en un radio de 100 metros. Además, se le impuso la prohibición de salida del país y la obligación de presentarse mensualmente ante el Juzgado (aunque sea de modo virtual).
La apelación de la Fiscalía
Contra esa decisión, la fiscal Russi presentó un escrito para que intervenga la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Consideró que las medidas de coerción impuestas por la jueza no resultaban a su criterio “suficientes para prevenir el peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación que se vislumbran en el caso”.
En esa línea, recordó que el delito de abuso sexual con acceso carnal tiene un máximo de pena que excede ampliamte los ocho años de prisión y que el mínimo previsto impide que una eventual sanción pudiera ser dejada en suspenso. Recordó, además, que ya había señalado la severidad de esa pena en expectativa y también la gravedad del hecho.
Luego de repasar los detalles de la situación denunciada, consideró que el hombre premeditó el ataque sexual, ya que tenía en el comercio la medicación sedante que le dio a la joven para dejarla en un estado de indefensión. Señaló, además, la juventud de la damnificada. Resaltó la solidez de las pruebas reunidas hasta este momento y que no era desproporcionado el tiempo que llevaba detenido en relación a la magnitud de la pena en expectativa que tiene el delito.
Por otra parte, marcó que existen pautas que hacen presumir su peligro de fuga: la actitud que tuvo cuando llegó la policía y que además no fue veraz al momento de aportar su domicilio. Sobre esto último, el hombre dio una dirección que luego su propia hermana desmintió, al decir que no vivía junto a ella sino en otro lugar.
La fiscalía marcó que la soltura podría entorpecer la investigación ya que quedan por realizar medidas probatorias importantes, como la evaluación psicológica de la joven y el análisis de distintos elementos secuestrados.
Para la fiscal Russi, las medidas de coerción impuestas “resultan insuficientes para sopesar los peligros procesales que se ciernen sobre el caso”. Sostuvo que la restricción de la libertad “no luce desproporcionada si se tiene en cuenta la gravedad del hecho que se le imputa, su modalidad de ejecución, su pena en expectativa y el estado de la investigación”, motivo por el que solicitó se revoque la excarcelación y se ordene la inmediata detención.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de la Nación