La Direccion General Concesiones y Permisos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hizo un llamado a licitación pública para “otorgar la Concesión de uso y explotación” del espacio ubicado en la calle Colombres 1157t – Castro Barros 1246t dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el trazado de la autopista 25 de mayo, en el barrio de Boedo. Es por el plazo de 30 años. El monto del contrato es de $ 684.000.000,00.
Este predio está alcanzado por la Ley N° 6.056, 6, que autoriza al Poder Ejecutivo a concesionar el uso de los predios, que se encuentran ubicados por debajo de la Autopista 25 de Mayo (AU1).
La documentación licitatoria expone: “A través de dichas concesiones, se busca favorecer las potencialidades de dichos predios, integrándolos con la trama urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de usos que permitan la continuidad del paisaje urbano y que generen flujo de usuarios. En tal sentido, se evaluará que las ofertas, propongan actividades permitidas en la zonificación RUA, que impliquen mejoras en las condiciones de hábitat, potenciando la existencia de una continuidad de los espacios, vinculando e integrando la trama urbana en sentido Norte-Sur”.
“El diseño propuesto para los espacios, deberá considerar una integración al entorno urbano de manera armónica y sustentable. Los concesionarios de los predios, deberán destinar el equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) de la superficie de los inmuebles concesionados a espacios de uso público, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° de la Ley N° 6.056 y al Pliego de Bases y Condiciones Particulares”, se agrega.
“El Oferente deberá efectuar su Oferta económica mediante el ofrecimiento de un canon teniendo en cuenta el canon base establecido por la tasación realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el cual será consignado en el respectivo llamado a licitación. El monto ofertado de canon será tenido en cuenta siempre y cuando sea mayor o igual al canon base establecido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, consignado en el respectivo llamado a licitación, tomándose como parámetro su razonabilidad. Caso contrario, se desestimará la Oferta sin más trámite. El canon constituye el importe que mensualmente debe abonar el Concesionario al GCABA por el uso y explotación del Espacio de acuerdo a las pautas que establece el presente PBCP ajustada a su Oferta”, se aclara.
J.C.