En la última sesión ordinaria de 2019, la Legislatura porteña aprobó una ley para rematar 60 inmuebles de dominio privado de la CABA, muchos de los cuales están en el Abasto y alrededores. Se suma al remate del instituto de menores Inchausti de Once y a la ex hípica de Mitre y jean Jaurés.
Esta ley declara como “innecesarios para la gestión” a los inmuebles. Se fundamenta: “Propicia enajenación de determinados inmuebles pertenecientes al Dominio Privado de esta Ciudad de conformidad con lo indicado en el artículo 82 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bajo los lineamientos de llevar adelante una política de austeridad respecto al patrimonio inmobiliario de la Ciudad, a fin de evitar erogaciones innecesarias y en pos de generar fuentes de financiamiento para programas de infraestructura en salud, educación, vivienda; como así también para el traslado y reorganización de las centralidades administrativas, sin comprometer el presupuesto ni aumentar la carga impositiva de los contribuyentes”.
El artículo primero postula: “Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizase la disposición conforme los mecanismos legales vigentes de los inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires individualizados en el Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente ley, o aquellos que surgiesen de su eventual redistribución, fraccionamiento o unificación parcelaria, siempre que su nueva identificación catastral respete las superficies de los inmuebles previstos en el mencionado Anexo I”.
Estos son los inmuebles de la zona del Abasto mencionados en el Anexo I:
Avenida Corrientes N° 3436/3438
Avenida Corrientes N’ 3451/3453/3455
Tte. Gral. Juan Domingo Perón N° 2640/2652 UF 3
Tte. Gral. Juan Domingo Perón N° 2640/2652 UF 4
24 de Noviembre N° 111/17 6° “24” UF 24
Teniente General Juan Domingo Perón N° 3241/3263/3269/3271
Pringles N’ 354
El siguiente artículo expone: “Lo producido de las disposiciones de los inmuebles conforme al artículo 10, será destinado al desarrollo de obras de infraestructura, salud, educación, seguridad, vivienda, transporte público, movilidad sustentable, ampliación de la red de subterráneos, proyectos de inversión y cultura, no pudiendo ser utilizados para el financiamiento de gastos corrientes”.
El tercer artículo puntualiza: “Declárase innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizase la disposición conforme los mecanismos legales vigentes del inmueble de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emplazado en la calle Virrey Avilés N°3188”.
También retoma la Ley N° 3.397 para la venta del inmueble de Pringles 340/342: “Lo producido de la venta de los inmuebles será destinado para el desarrollo de obras de infraestructura, salud, educación, seguridad, vivienda, transporte público, movilidad sustentable, ampliación de la red de subterráneos, proyectos de inversión y cultura, no pudiendo ser utilizados para el financiamiento de gastos corrientes”.
También busca declarar “innecesarios para la gestión” del Gobierno de la Ciudad a estos inmuebles: Avenida General Paz Sin Número esquina Avenida del Libertador General San Martín; Avenida Juan de Garay N° 184/190.
J.C.