Vecinos del Abasto presentaron un proyecto de ley para ampliar el Área de Protección Histórica (APH) 32 del Mercado de Abasto (Ley 841 y Ley 3.621). La propuesta incluye resguardar edificios linderos que sean representativos de la identidad barrial. El legislador Javier Andrade (Unidad Ciudadana) hizo propio el texto parlamentario.
A la hora de defender esta iniciativa, los vecinos autores de este proyecto, entre ellos miembros de Proteger Abasto, fundamentaron: “Atento la zona lindante con el Mercado de Abasto, es un área con valor patrimonial que posee especial calidad urbana y arquitectónica. Esta zona tiene rasgos históricos, simbólicos y ambientales, indispensables de ser protegidos por una ley. Estamos ante un caso de paisaje cultural urbano considerado socialmente como de los más emblemáticos dentro del territorio de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este paisaje es un espacio de excepcional valor dentro del imaginario colectivo de los ciudadanos”.
“La conservación de este paisaje urbano formado alrededor del Mercado de Abasto, ha sido y lo seguirá siendo si dictamos las normas necesarias, un especial punto de interés para el turismo cultural de la Ciudad, que atrae a nacionales y extranjeros para conocerlo en toda su dimensión. Que la Capital Federal no tiene sólo un centro histórico de relevancia, sino que también este punto de la ciudad, alrededor del Mercado de Abasto, es considerado por los habitantes y visitantes todo un “centro histórico” atento el desarrollo de la vida a lo largo de los años. El que debe ser reconocido por una normativa específica que así lo establezca”, se agrega.
La Ley 841 delimita la APH “Mercado de Abasto” en: el eje de la Av. Corrientes y los ejes de las calles Agüero, Lavalle y Dr. Tomás Manuel de Anchorena.
La propuesta de ley de los vecinos renombra la APH como “Mercado de Abasto y su entorno” y la limita así: “El eje de la calle Tucumán, hasta la intersección con el eje de la calle Jean Jaures, por este, hasta el eje de la Av. Corrientes, por este hasta la intersección con el eje de la calle Dr. Tomas Manuel de Anchorena, por este, hasta la intersección con las líneas de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Corrientes, acera par; por estas, hasta la intersección con el eje de la calle Gallo; por este hasta la intersección con el eje de la calle Tucumán”.
En esta propuesta vecinal se llama a resguardar los pasajes Zelaya y Garlos Gardel.
El espacio público del Pasaje Carlos Gardel y del Pasaje Zelaya será objeto de tratamiento integral, debiéndose mantener su actual carácter peatonal. No se permite en el ámbito del mismo el estacionamiento de vehículos.
Sobre Zelaya se dice: “Deberá prestarse especial cuidado a la racionalización y sistematización de los tendidos de infraestructura subterráneos. El mobiliario urbano, así como los dispositivos de alumbrado, se dispondrán de forma de no obstaculizar el libre acceso de vehículos afectados a tareas de emergencia y servicios. En las aceras y calzadas se mantendrán las dimensiones actuales de las veredas. Las aceras de piedra original deberán conservarse reponiendo las faltantes con materiales similares, previa aprobación del Consejo Plan Urbano Ambiental”.
Sobre Gardel se agrega: “El monumento a Carlos Gardel se considera un elemento protegido y toda alteración de sus actuales características, así como de su emplazamiento, deberá contar con la aprobación del Organismo de Aplicación”.
También se pensó resguardar el adoquinado: “El solado de la acera que circunda al edificio y las calles adoquinadas que conforman esta APH conservará sus actuales materiales y dimensiones, permitiéndose sólo la reposición de las piezas faltantes y/o deterioradas. Cualquier cambio que se proponga, deberá contar con la autorización del Consejo Plan Urbano Ambiental”.
Se prohíbe la colocación de toldos para la manzana del Mercado y se busca que no haya carteles publicitarios permanentes que tapen el frente del inmueble: “Se permitirá colocar anuncios temporarios aplicados a las fachadas del Mercado de Abasto, únicamente para anunciar actividades culturales y/o fechas significativas. Su colocación deberá ser discontinuada y no ocupar bajo ningún concepto total o parcialmente los paños vidriados. No podrán disponerse estructuras fijas a tal efecto. No se admite la instalación de ningún tipo de publicidad sobre el techo de los mencionados edificios”.
El proyecto también piensa en resguardar la Plaza del Zorzal: “Deberá conservarse la parcela que tiene una superficie de 3.134 m² y está afectada el uso público permanente. Quedarán libradas a uso público permanente las superficies de vinculación de la “Plaza” con la vía pública de las calles Agüero y Tomás Manuel de Anchorena, para garantizar el libre e irrestricto acceso a la misma. En dicha “Plaza” no podrán localizarse góndolas ni estructuras de ningún tipo destinadas al uso comercial admitiéndose la ocupación de hasta un diez por ciento (10%) de este área con bancos y sillas para uso del público”.
La Ley 841 resguarda estos edificios:
Los vecinos buscan sumar edificios. Piden que el inmueble de Corrientes 3296/3300, que integra el “Listado de inmuebles Catalogados Singulares”, sea parte del Área de Protección Histórica 32 “Mercado de Abasto y su entorno”. Lo mismo para esta es la lista de inmuebles catalogados con protección Cautelar y Estructural:
Tucumán 3222
Tucumán 3124/26/28
Tucumán 3050/52/54/60
Gallo 721
Gallo 707/709
Lavalle 3231/33/35
Agüero 502/508 Av. Corrientes 3301/03/05/07/09/11/15
Agüero 512/514
Agüero 516/520
Agüero 526/528
Gallo 451
Gallo 443
Gallo 445/439
Av. Corrientes, esq. Gallo 339
Av. Corrientes 3302
Agüero 781/783
Zelaya 3102/10/18
Anchorena 625/627/629
Anchorena 631/633
Anchorena 646/648/650
Anchorena 662/664/666
Agüero 763/765/767
Agüero 768/770/772
Lavalle 3201/05/07/09/11
Zelaya 3164
Zelaya 3174
Zelaya 3180
Lavalle 3173/3175/3177
Lavalle 3119/3121/3123
Av. Corrientes 3201, 3217
Av. Corrientes 3266/3270
Av. Corrientes 3272/3274/3276
Av. Corrientes 3280/3282/3284/3290
Tucumán 3040/42/449
Tucumán 3048
Anchorena 655 / 659
Anchorena 647
Jean Jaures 676
Lavalle 3061/63/65/67
Lavalle 3015/17/19/21
Jean Jaures 608
Lavalle 3056
Jean Jaures 584/86/88
Pasaje Carlos Gardel/ 3199/3193/3189/3177; Anchorena 557/559/561/563/567/569
Anchorena 541/543
Anchorena 527/529/531
Corrientes 3193/3199
Pasaje Carlos Gardel 3149/3151/3155/3157/3159
Tucumán 3030
Jean Jaurés 736/38
Jean Jaurés 730
Jean Jaurés 690/676
Anchorena 539/41/43
Anchorena 545/47/49/51/53
Gallo 727
Lavalle y Gallo 3293/3299 y 707/709
Gallo 493/491
Lavalle y Agüero 3211/3201/3205/3207/3209 y 706
Zelaya 3127/29
Zelaya y Anchorena 3057/61/65/87/89 y 655/659
Zelaya 3048
Bustamante y Humahuaca 601/03/05 y 3485
Humahuaca 3475
Humahuaca 3457/61
Gallo 530
Bustamante 587/89
Bustamante 563/565
Av. Corrientes 3477/79
Av. Corrientes 3427/29/31/33
Humahuaca y Gallo 3412/16/18 y 494/500
Humahuaca 3436/54/56
Humahuaca 3508/12
Billinghurst 589/91
Billinghurst 571/73
Billinghurst 541/43
Billinghurst 531/33
Billinghurst y Av. Corrientes 509 y 3591/99
Av. Corrientes 3581/89
Av. Corrientes 3511/17
Humahuaca 3527/33
Billinghurst y Guardia Vieja 695/99 y 3598/3600
Guardia Vieja 3580
Guardia Vieja 3564/66/68
Guardia Vieja 3556/60
Guardia Vieja 3550/52
Guardia Vieja 3532/34/50
Bustamante 668/70
Bustamante 626/32/40
Lavalle 2946/48
Ecuador 560
Av. Corrientes 3047/75/97/99
Bustamante 614/20/24
Bustamante 633/35
Tienen protección Cautelar la mayoría de los inmuebles antes mencionados, excepto Corrientes 3201, 3217 y Corrientes 3302, que tienen Estructural.
J.C.